Beneficiarios
- Empresas vinícolas constituidas con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.
- Organizaciones de productores vitivinícolas y asociaciones de organizaciones de productores vitivinícolas.
- Organizaciones interprofesionales.
- Organizaciones profesionales que ejerzan su actividad mayoritariamente en el sector del vino, y que tengan entre sus fines estatuarios la realización de actividades de promoción.
- Órganos de gestión y de representación de las DOP e IGP vitivinícolas, así como sus asociaciones.
- Asociaciones temporales o permanentes de productores que tengan entre sus fines el desarrollo de iniciativas en materia de promoción y comercialización del vino.
- Cooperativas que comercializan vinos elaborados por ellas o por sus asociados.
- Entidades asociativas sin ánimo de lucro participadas exclusivamente por empresas del sector vitivinícola que tengan entre sus fines la promoción exterior de los vinos.
- Organismos Públicos con competencia legalmente establecida para desarrollar actuaciones de promoción y comunicación de productos y mercados en terceros países, a condición de que dicho organismo no sea el único beneficiario de la ayuda.
Cuantía
La participación financiera de la Unión Europea en los programas seleccionados no podrá superar el 50% de los gastos subvencionables.
La cuantía máxima de ayuda solicitada no podrá superar el 5% del presupuesto total destinado a la intervención de promoción, contemplado en la ficha financiera de la Intervención Sectorial Vitivinícola para el ejercicio financiero correspondiente.
Finalidad
Convocar las subvenciones para las actividades de promoción y comunicación en terceros países de los productos vinícolas (vino, vino de licor, vino espumoso, vino espumoso de calidad, vino espumoso aromático de calidad, vino de aguja, vino de aguja gasificado, vino de uvas pasificadas, vino de uvas sobremaduradas, vinos ecológicos, vinos desalcoholizados y vinos parcialmente desalcoholizados), destinados al consumo directo, y que pertenezcan a alguna de las siguientes categorías: vinos con denominación de origen protegida, vinos con indicación geográfica protegida y vinos en los que se indique la variedad o variedades de uva de vinificación, para fomentar el conocimiento de las características y cualidades de los vinos, con el fin de contribuir a la mejora de su posición competitiva y a la consolidación o, en su caso, a la apertura de nuevos mercados, en terceros países. Se consideran elegibles para realizar medidas de promoción todos los países no pertenecientes a la Unión Europea.