Estado Subvención
Fecha Publicación
01-10-2021
¿ Vencida ?
No Vencida

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones aquellas PYMES que cumplan los siguientes requisitos entre el 1 de abril y el 31 de mayo de 2021:

– Que hayan participado en proyectos de formación profesional dual autorizados por la Consejería de Educación.

– Que hayan tenido alumnos en formación en la modalidad de formación profesional dual en el periodo establecido previamente.

– Que existe una contabilidad separada o un código contable adecuado en relación con todas las operaciones que desarrollen, para que cada uno de los gastos esté perfectamente identificado en la contabilidad y separado de cualquier otro gasto distinto.

El importe individualizado de la subvención a conceder a cada entidad beneficiaria por solicitud, consistirá en la cuantía que resulte de multiplicar la cantidad fijada en la convocatoria por cada alumno que ocupe un puesto de aprendizaje en el proyecto de formación profesional dual en el que participe la empresa durante el período de formación establecido en la correspondiente convocatoria.

La cantidad fijada en la convocatoria por cada alumno en ningún caso será superior a mil euros (1.000 €).

Si por causa debidamente justificada la duración de la estancia formativa del alumno en la empresa fuese inferior al período que se establezca en la correspondiente convocatoria, en este caso para el cálculo del importe de la subvención, se tomará como referencia el coste/hora. El coste/hora será el resultado de dividir la cantidad determinada en la convocatoria por el total de horas de formación que comprende el período establecido en la misma. A estos efectos se entenderá que un mes está compuesto por cuatro semanas o ciento sesenta horas, y cada semana por cuarenta horas. En este caso la cantidad a conceder será el resultado de multiplicar el coste/hora por el tiempo que ha durado la formación, sin que en ningún caso pueda superar la cantidad máxima establecida en la correspondiente convocatoria.

El plazo de presentación de las solicitudes será de diez días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de la publicación del extracto de la orden en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Es incentivar y aumentar la colaboración de las PYMES en la captación de puestos de aprendizaje para el alumnado de los centros educativos de la Comunidad de Castilla y León que impartan enseñanzas de formación profesional inicial, en la modalidad dual colaborando en la financiación de los costes que soporta el beneficiario para mantener los puestos de aprendizaje.

Categoría
Vencimiento
No Vencida